sábado, 28 de marzo de 2020

Seminario 1: Plagio, copyright y copyleft.

¡Hola a todos! En esta entrada trataremos la información vista en el primer seminario de la asignatura Recursos Tecnológicos y Didácticos de Investigación. En este estuvimos recibiendo información sobre el plagio y tuvimos que responder a una serie de preguntas que consideramos que pueden ser unos conocimientos de gran importancia y que nos pueden ayudar a la elaboración de trabajos o cualquier obra.

El concepto más importante a entender es «¿qué es el plagio?», pues, el plagio consiste en tomar prestado alguna información de otras personas y no reconocer los derechos de propiedad que posee dicho autor. No cometemos plagio cuando empleamos ideas originales, realizamos una compilación de resultados sobre una investigación original o cuando tenemos una información de uso común (es conocido por muchas personas). Tampoco se considera plagio si se citan las palabras del autor con comillas, parafraseamos el contenido o lo resumimos con nuestras propias palabras, sin embargo, siempre es recomendable citar a la fuente original. Seguido a estos términos puede surgir la duda de cuando se está reproduciendo una obra. Reproducimos una obra cuando hacemos una copia del mismo y todo su contenido, tanto en papel como en digital. Es decir, cuando realizamos fotocopias, impresiones, escaneos o, simplemente, descargamos el archivo, entre otras opciones… (Biblioteca UEX, 2020).

El siguiente concepto de interés cuya información también nos la ha proporcionado la Biblioguía de la Universidad de Extremadura elaborada por la biblioteca, son los derechos de autor, estos también son conocidos como copyright, estos son el conjunto de derechos morales y de explotación que la ley concede a los creadores de una obra por el mero hecho de crearla, es decir, sin necesidad de que haya sido publicada. Eso se aplica a todo tipo de obra, ya sea fotográfica, literaria, académica, etcétera. Estos derechos abarcan los derechos morales de la autoría e integridad de la obra y los derechos de explotación de su creación en cualquier forma, destacando entre ellos el derecho de reproducción o distribución, estos derechos, al contrario que el de autoría, sí que pueden ser transferidos a otros individuos.

Junto a ese concepto hay a tener en cuenta otros dos que van muy unidos a los derechos de autor son las licencias Creative Commons y Copyleft. Estos conocimientos que son útiles en general, sin embargo, se hacen especialmente beneficiosos si se quieren proteger tus propias obras o, por el contrario, ayudar a los creadores y apoyarlos respetando tus derechos.

Comenzando con las licencias Creative Commons son ‘‘un modelo de contrato recomendado para poner información en régimen de consulta libre en la Web, facilitando el uso, aunque al mismo tiempo salvaguarda la atribución de la obra al autor e impide una posible utilización comercial sin permiso’’ (Biblioteca UEX, 2020). Estas licencias pueden abarcar desde el copyright usual hasta el dominio público. Los modelos creative commons indican qué es lo posible a hacer con esa obra especificando con detalles lo que está permitido basándose en distintas condiciones de manera clara y concisa. Aunque todas las licencias obligan a que el creador original de la obra sea citado, con este tipo de licencias el autor puede permitir que su obra sea usada y a su vez estar protegida.

En segundo lugar, existen las licencias Copyleft las cuales tienen por objetivo proporcionar que cada individuo pueda usar una obra, modificarla y distribuir el propio trabajo. Dependiendo de los derechos que el autor haya decidido ceder estas licencias pueden permitir el uso comercial del trabajo u otros usos. (Biblioteca UEX, 2020).


Sobre las imágenes... 

Muchas veces se olvida que cuando se trata de imágenes, arte, fotografía o creaciones visuales, también hay derechos de autor que respetar. Aunque hay una serie de imágenes que son consideradas de dominio público. Según la información obtenida del Servicio de Bibliotecas de la Universidad de Extremadura podemos encontrar:

1. Obras fotográficas son creativas o han sido creadas por un autor reconocido y pasan a ser de dominio público transcurridos 70 años de la muerte del autor.
2. Meras fotografías las cuales carecen de sentido artístico o intelectual. Una vez transcurridos 25 años de la muerte del autor se vuelven de dominio público. 

(Vanden-Bouch, 2016).
Además, a la hora de encontrar imágenes gratuitas o de libre uso hay muchísimos buscadores para poder encontrar lo que se está buscando, entre ellas tenemos a pixabay, photopin, foter o compfight.

En páginas como estas se pueden encontrar multitud de imágenes de libre uso y con todos los datos de sus autores disponibles en el caso de que se quiera citar (que siempre es aconsejable). Imágenes como las que han sido adjuntadas a los lados pueden ser encontradas en pixabay.

(Wellington, 2014).
Sin embargo en el ámbito de la fotografía hay que tener en cuenta que el derecho de las personas que pueden salir en la imagen. ¿Cómo se puede obtener autorización para utilizar una imagen personal? Siempre es conveniente pedir permiso y hay diversas formas para obtener autorización que nos permita utilizar una imagen personal. Una de ellas es contactar con los individuos que están presentes en la fotografía tomada, otra opción es preguntar al fotógrafo ya que ha tenido que conseguir los permisos de quienes aparecen para tomarla.

Otras de las opciones es contactar con el  propietario, institución o particular de la fotografía y que se consigan los datos necesarios. O también es posible utilizar una plataforma llamada VEGAP (que recopila los derechos de autor de diversos creadores visuales) haciendo el pago correspondiente. (Biblioteca UEX, 2020).

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:

Biblioteca de la Universidad de Extremadura. (2020). Derechos de autor en el entorno académico: Servicio de Bibliotecas Universidad de Extremadura. Badajoz, España. Recuperado de http://biblioguias.unex.es/derechos_de_autor.

Biblioteca de la Universidad de Extremadura. (2020). Acceso abierto: Servicio de Bibliotecas Universidad de Extremadura. Badajoz, España. Recuperado de https://biblioguias.unex.es/acceso-abierto.

Vanden-Bouch, A. (2016). Título desconocido [Fotografía]. Recuperado de https://pixabay.com/es/photos/loro-color-papagayo-animales-ave-2375513/

Wellington, J. (2014). Título desconocido [Fotografía]. Recuperado de https://pixabay.com/es/photos/magnolias-primavera-flores-556718/




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